domingo, 19 de junio de 2011

Libertad de expresión y democracia.


Dentro de los principios clásicos que han fundamentado el Estado de Derecho -y la Democracia- desde el siglo XVIII, se encuentran la libertad, la igualdad y la fraternidad, tal como lo señalan los principios de la ilustración.

Uno de éstos es la libertad. Montesquieu decía que "libertad" es el derecho de hacer todo lo que las leyes permiten, de modo que si un ciudadano pudiera hacer lo que las leyes prohíben, ya no habría libertad, pues los demás tendrían igualmente esa facultad".

La Constitución Política de Chile, consagra en su artículo 19 n° 12 "La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se comentan en el ejercicio de estas libertades".

Lo anterior implica que uno puede opinar, todo lo que quiera, mientras no existan hechos constitutivos de delito, es decir, una acción típica, antijurídica y culpable (en palabras sencillas, que el hecho este condenado en una ley anterior al hecho, que no existan circunstancias eximentes de responsabilidad y que haya la intención de delinquir).

Respecto a los delitos que pueden generarse por las opiniones de las personas, tenemos principalmente las figuras de la calumnia, del artículo 412 y la injuria, del art. 416. La primera, se refiere a la imputación de un delito determinado pero falso, mientras que la segunda es toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona.

En cuanto a las opiniones que las personas pueden emitir sobre un gobierno determinado, al referirse a una administración, no necesariamente se hacen en deshonra, descrédito o menosprecio de una persona específica y aún, si así fuera, si éstas tiene una base de sustentación, estas jamás serían constitutivas de delito. En este sentido, todo aquellos que no sea delito, está protegido por la libertad de expresión, a través de la consagración constitucional y por medio del recurso de protección.

Lamentablemente la administración de Piñera, desconociendo esta importante garantía constitucional, está utilizando instrumentos tecnológicos para limitarla, en particular, a través de un sistema de monitoreo de los comentarios que aparezcan en las redes sociales y en el internet sobre su gestión. Este sistema, no solo determina las tendencias, sino el comentario, quien lo emite, y además, donde está localizado.

En otras palabras, estamos TODOS IDENTIFICADOS.

Podríamos entonces decir que en este gobierno ¿no se moverá una hoja sin que el presidente lo sepa?

Definitivamente esta es una medida que por un lado tiene por finalidad controlar la información, pero por otra busca desincentivar la producción de un pensamiento crítico, por el miedo a las sanciones que a posteriori pudieren producirse: postular a trabajos en el Estado, acceder a beneficios sociales, licitaciones públicas o cualquier otra situación que pase por la decisión de la autoridad estatal.

Finalmente, y a modo de reflexión, en Siria se han prohibido tanto Twitter y Facebook para evitar las protestas masivas, en Libia también se ha limitado su utilización, pero las protestas, a pesar de los miles de muertos civiles, se han seguido produciendo.

Cuando el pueblo se levanta contra los dictadores, no hay censura que sea efectiva.

2 comentarios:

  1. Para más información sobre este sistema informático ver http://www.biobiochile.cl/2011/06/19/gobierno-iniciara-monitoreo-web-de-comentarios-sobre-administracion-de-sebastian-pinera.shtml , http://www.biobiochile.cl/2011/06/19/brandmetric-que-mide-la-empresa-contratada-por-el-gobierno-para-seguir-opiniones-de-los-chilenos.shtml y respecto a la geolocalización del sistema: http://blog.brandmetric.com/2010/10/bienvenida-la-geolocalizacion.html

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  2. Tambien disponible en http://www.elquintopoder.cl/fdd/web/ciudadania/opinion/-/blogs/libertad-de-expresion-y-democracia

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